Artículo segundo. Las corporaciones de ahorro y vivienda no podrán adquirir bonos u otros títulos valores emitidos por terceras personas, ni obligaciones que no hayan sido constituidas originalmente a su favor, salvo autorización de la Superintendencia Bancaria y solo para operaciones que estén en concordancia con los objetivos del Sistema de Valor Constante.
Decreto 1412 de 1979 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1412 de 1979 · Por el cuales e interviene la actividad de las corporaciones de ahorro y vivienda
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.