º . Acreditación del sistema de información. Para acreditar la organización y funcionamiento del Sistema de Información, las entidades territoriales, presentarán ante el Ministerio de Salud
Un documento suscrito por el Director Seccional o Director Local del Distrito del Sistema de Seguridad Social en Salud en el cual se especifique
Los objetivos del Sistema de Información del nivel departamental o distrital respectivo.
La Estructura del Sistema de información, atendiendo las tareas de recolección, procesamiento, sistematización y flujos de información necesarios para la planeación, prestación, control y evaluación de los servicios de salud, por módulos que obedezcan a los criterios que para efecto ha establecido el Ministerio de Salud.
Los soportes documentales que demuestren la existencia del componente tecnológico de hardware y software y el personal capacitado para poner en funcionamiento el Sistema de Información.
El reporte de la información requerida por el Sistema de Información de Salud SIS.
Corresponde a la Dirección de Sistemas de Información del Ministerio de Salud o a quien haga sus veces, con base en los documentos relacionados en este artículo, rendir concepto técnico sobre la efectiva organización y funcionamiento del Sistema Básico de Información de cada entidad territorial. No obstante para efectos de la certificación, podrá dar concepto de viabilidad, cuando las entidades territoriales respectivas tengan al día el SIS y estén implementando la metodología propuesta por el Ministerio de Salud. Procedimientos de programación y control