Si la subvención de que hable el artículo 1.° no fuere suficiente para estimular el establecimiento de esa línea de vapores, el Gobierno queda autorizado para elevarla hasta mil pesos más, mensualmente, por el término de un año.
Ley 6 de 1896 →Vigente
Artículo 3
Ley 6 de 1896 · que fomenta la navegación por vapor entre los puertos de la Costa Atlántica y algunos extranjeros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.