Micelio

Artículo 1

Mientras Subsistan Las Circunstancias Especiales A Que Se Halla Enfrentado El País Como Consecuencia De Los Graves Sucesos Ocurridos En El Mes De Abril Del Presente Año, Y Con El Fin De Hacer Operantes Las Autorizaciones Conferidas Al Gobierno Por El Decreto Número 1270 Del 18 De Abril Último, Las Adquisiciones De Emergencía Que Para El Restablecimiento Del Orden Público Tenga Necesidad De Hacer El Gobierno Con Destino Al Ministerio De Guerra No Estarán Sujetas A Las Formalidades Establecidas En El Decreto Número 46 De 1942

Decreto 1463 de 1948 · Por el cual se adiciona el Decreto número 1270 de 1948

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Mientras subsistan las circunstancias especiales a que se halla enfrentado el país como consecuencia de los graves sucesos ocurridos en el mes de abril del presente año, y con el fin de hacer operantes las autorizaciones conferidas al Gobierno por el Decreto número 1270 del 18 de abril último, las adquisiciones de emergencía que para el restablecimiento del orden público tenga necesidad de hacer el Gobierno con destino al Ministerio de Guerra no estarán sujetas a las formalidades establecidas en el Decreto número 46 de 1942.

Parágrafo

Las adquisiciones de que trata el presente artículo en ningún caso podrán sobrepasar el monto de las apropiaciones votadas para el respectivo servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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