Micelio

Artículo 1

Con El Propósito De Mejorar Y Extender La Red De Carreteras Nacionales, Realizar Con Mayor Eficiencia La Inversión En Las Mismas Y Aumentar Los Niveles De Empleo De La Población Colombiana, Créase El Fondo Vial Nacional, Con Personería Jurídica, Autonomía Administrativa Y Patrimonio Propio, Encargado De Atender A Los Gastos Que De Demanden El Estudio, Construcción, Conservación Y Pavimentación De Las Carreteras Nacionales, Y De Auxiliar El Fondo Nacional De Caminos Vecinales

Decreto 3083 de 1966 · por el cual se establece el impuesto a la gasolina y al ACPM, se crea el Fondo Vial Nacional y se dictan otras medidas complementarias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Con el propósito de mejorar y extender la red de carreteras nacionales, realizar con mayor eficiencia la inversión en las mismas y aumentar los niveles de empleo de la población colombiana, créase el Fondo Vial Nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, encargado de atender a los gastos que de demanden el estudio, construcción, conservación y pavimentación de las carreteras nacionales, y de auxiliar el Fondo Nacional de Caminos Vecinales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3083 de 1966