Información del recaudo y transferencia. El Ministerio de Minas y Energía o la entidad delegada comunicará, dentro de los dos (2) primeros días hábiles de cada mes, al Departamento Nacional de Planeación, el recaudo efectivo de regalías adelantado en el mes inmediatamente anterior y la transferencia de recursos que se adelantará a la cuenta única del Sistema General de Regalías. Dentro del mismo plazo informará la determinación de las asignaciones directas entre los beneficiarios de estas.
Decreto 1949 de 2012 →Vigente
Artículo 35
Información Del Recaudo Y Transferencia
Decreto 1949 de 2012 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1530 de 2012 en materia presupuestal y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 35 del decreto 1949 de 2012, el cual quedará así) por decreto 817/14 modificado por decreto 817/14
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.