Causales para no aceptar la solicitud de autorización de embarque . El servicio informático electrónico de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), validará la consistencia de los datos de la solicitud de autorización de embarque antes de aceptarla, e informará al declarante las discrepancias advertidas que no permitan la aceptación. No se aceptará la solicitud de autorización de embarque, respecto de la cual se configure alguna de las siguientes situaciones
Cuando la solicitud se presente en una aduana diferente a la que tenga jurisdicción aduanera en el sitio donde se encuentre la mercancía;
Cuando en la solicitud no se incorpore como mínimo la siguiente información: 2.1. Régimen/modalidad de la exportación. 2.2. Subpartida arancelaria. 2.3. Descripción de la mercancía. 2.4. Cantidad. 2.5. Peso. 2.6. Valor FOB en dólares. 2.7. País de destino. 2.8. Consolidación, cuando haya lugar a ello. 2.9. Clase de embarque. 2.10. Tipo de solicitud. 2.11. Información relativa a datos del embarque. 2.12. Sistemas especiales de importación-exportación, cuando haya lugar a ello, y
Cuando no se incorpore la información relativa a los documentos soporte de que trata el artículo anterior, salvo cuando estos correspondan a vistos buenos expedidos por el ICA o Invima o por la entidad que haga sus veces.