El préstamo no se otorgará si en concepto de la Caja no es económicamente benéfico para el adquirente. Se entiende que un préstamo no es económicamente benéfico cuando la mina no puede rendir con una explotación normal lo necesario para el servicio de la deuda y para el sostenimiento del propietario y de su familia, a menos que éste compruebe que dispone de los medios suficientes para llenar la deficiencia.
Decreto 576 de 1941 →Vigente
Artículo 38
El Préstamo No Se Otorgará Si En Concepto De La Caja No Es Económicamente Benéfico Para El Adquirente
Decreto 576 de 1941 · Por el cual se reglamenta el decreto legislativo número 1447 de 18 de julio de 1940
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.