Micelio

Artículo 1

A Partir De La Vigencia De Este Decreto, Las Personas Que Mediante Contratos Celebrados Con El Ministerio De Comunicaciones, Tengan Establecidos Expendios De Especies Postales O Que En Lo Sucesivo Los Establezcan, Tendrán Derecho A Una Comisión Equivalente Al 10% Sobre Los Recaudos Por Venta De Dichas Especies

Decreto 216 de 1959 · Por el cual se dictan unas disposiciones en relación con los expendios de especies postales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir de la vigencia de este Decreto, las personas que mediante contratos celebrados con el Ministerio de Comunicaciones, tengan establecidos expendios de especies postales o que en lo sucesivo los establezcan, tendrán derecho a una comisión equivalente al 10% sobre los recaudos por venta de dichas especies.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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