Micelio

Artículo 80

Del Grupo De Almacén Y Cuentas

Ley 33 de 1990 · por medio de la cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Grupo de Almacén y Cuentas:

a)

Organizar y manejar el Almacén, suministrando oportunamente la información y los pedidos de acuerdo con los sistemas y normas establecidas;

b)

Llevar y mantener actualizados los libros de control de Almacén, efectuando el respectivo movimiento contable;

c)

Mantener al día el inventario de bienes y efectuar inventarios físicos periódicos;

d)

Prestar colaboración y asesoría a las dependencias a que haya lugar, para realizar inventarios físicos e individuales y tramitar adecuadamente los traslados, devoluciones y bajas de elementos en sus respectivos inventarios;

e)

Responder por el trámite de las distintas cuentas a cargo del Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 33 de 1990