Para Los Fines Del Artículo Anterior, Se Establecen A Nivel Comando General De Las Fuerzas Militares Y En Los Comandos Del Ejército, Armada Y Fuerza Aérea, Las Siguientes Juntas Clasificadoras: A) Para Oficiales Superiores; B) Para Oficiales Subalternos, Y C)
Decreto 1833 de 1979 · Por el cual se dictan normas sobre calificación y clasificación para el personal de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Para los fines del artículo anterior, se establecen a nivel Comando General de las Fuerzas Militares y en los Comandos del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, las siguientes Juntas Clasificadoras
a)
Para Oficiales Superiores;
b)
Para Oficiales subalternos, y c). Para Suboficiales. Sección B Organización.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.