Destínase la suma de mil pesos ($1.000) para un busto del Canónigo que será colocado en el antiguo Hospicio de los Capuchinos-hoy Colegio de La Merced-de donde fue libertado por el pueblo de Bogotá; y la suma de diez mil pesos ($ 10.000) para la dotación del instrumental y demás accesorios del Pabellón Rosillo de la ciudad del Socorro.
Ley 90 de 1936 →Vigente
Artículo 3
Ley 90 de 1936 · por la cual se honra la memoria del Canónigo Andrés María Rosillo y Meruelo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.