Micelio

Artículo 3

Ley 53 de 1967 · por la cual se establece la cooperación económica de la Nación en favor de la Diócesis de Buga y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La cantidad decretada en esta Ley se apropiará en los Presupuestos de las vigencias de 1968 y 1969. En caso contrario el Gobierno abrirá los créditos, hará las traslaciones en el Presupuesto, firmará los documentos de crédito a favor de la diócesis, negociará empréstitos con la responsabilidad de la Nación en operaciones de crédito, y celebrará toda clase de negociaciones financieras que fueren necesarias para la efectividad del presente mandato legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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