Micelio

Artículo 10

Decreto 1155 de 1980 · Por el cual se reglamenta la Ley 61 de 1979

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los aportes de que trate este Decreto, las entidades beneficiarias podrán llevar a cabo las labores de prospección, exploración y montaje, construcción de infraestructura de transporte y embarque de carbón, transformación y comercialización del mineral, directamente o mediante contratos de asociación, operación, servicios, administración o de cualesquiera otras clases. Los contratos a que se refiere el inciso anterior, así como los subcontratos que de ellos se deriven, por tener como fin último, especial y principal la explotación minera, no estarán sujetos a los requisitos y trámites que para la contratación administrativa ordinaria establecen el Decreto 150 de 1976 y las disposiciones que lo adicionan y reforman, pero la entidad contratante deberá incluir las prescripciones sobre renuncia a reclamación diplomática cuando a ello hubiere lugar y podrá pactar el derecho a declarar administrativamente la caducidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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