Micelio

Artículo 18

El Nombramiento Del Auditor Para El Instituto Y Para Las Oficinas Seccionales Se Hará Por El Consejo Directivo Y El De Las Cajas Por Las Juntas Directivas De Éstas

Decreto 148 de 1976 · Por medio del cual se reorganiza el Instituto Colombiano de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El nombramiento del Auditor para el Instituto y para las Oficinas Seccionales se hará por el Consejo Directivo y el de las Cajas por las Juntas Directivas de éstas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 148 de 1976