°. El personal de cada uno de los Juzgados Permanentes será de cuatro (4) Jueces, cuatro Secretarios, ocho (8) Escribientes, con las asignaciones que a estos funcionarios corresponden en los Juzgados de Instrucción Criminal radicados en Bogotá, y dos (2) Conserjes, con una asignación mensual de ciento setenta y dos pesos con cincuenta centavos ($172.50) cada uno.
Decreto 901 de 1959 →Vigente
Artículo 7
El Personal De Cada Uno De Los Juzgados Permanentes Será De Cuatro (4) Jueces, Cuatro Secretarios, Ocho (8) Escribientes, Con Las Asignaciones Que A Estos Funcionarios Corresponden En Los Juzgados De Instrucción Criminal Radicados En Bogotá, Y Dos (2) Conserjes, Con Una Asignación Mensual De Ciento Setenta Y Dos Pesos Con Cincuenta Centavos ($172
Decreto 901 de 1959 · Por el cual se dictan normas de carácter administrativo tendientes a mejorar la administración de Justicia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.