Son deberes de este empleado : 1.° Cuidar diaria y constantemente de la conservación, aseo, orden y clasificación de los útiles, aparatos, reactivos y muestras de los gabinetes, laboratorios y colecciones de la Escuela, .que le serán entregados y recibidos bajo inventario por el Vicerrector. 2.° Llevar de aquellos un catálogo minucioso, que renovará al fin de cada año, presentándole en su nueva forma al Rector, al .comenzar las tareas del año escolar. 3.° .Entregar, por orden del Catedrático dé Química analítica, á cada cursante de ésta materia, los útiles y reactivos necesarios para los análisis de que se le encargue, llevando un registro de los útiles y substancias que se le entreguen, y otro de los que el alumno devuelva. Serán de cargo de éste los que destruya en su trabajo, salvo que pruebe no haber tenido en ello la menor culpa. 4.° Recibir y anotar el depósito en dinero que para poder servirse prácticamente de aquellos útiles hará cada cursante de Química analítica; devolver al fin del curso lo que, según la cuenta que presentará con precios fijados por el Rector, de lo consumido por el cursante, quede en favor de éste, y avisar oportunamente al Catedrático de Química analítica cuan do el alumno haya agotado su depósito. 5.° Preparar, de acuerdo con los Catedráticos de Física, Química, Mineralogía, Metalurgia y Geología, los útiles, aparatos, muestras ó modelos que en cada caso se usarán, exhibirán ó explicarán durante los experimentos ó exposiciones correspondientes. 6.° Cuidar de que una vez termina da la clase todos los objetos que sirvieron para darla y que pertenezcan á los laboratorios, colecciones 6 gabinetes de la Escuela sean completamente aseados y vueltos á su puesto, para lo cual le ayudará el Portero. 7.° Llevar un registro escrupuloso bajo la dirección de los Catedráticos de Química analítica y Metalurgia, de los resultados que cada estudiante en estas materias obtenga en los análisis y ensayos que se le encarguen. 8.° Estar presente en los laboratorios durante las horas de los trabajos de los cursantes de Química analítica y Metalurgia, oyendo las consultas de éstos y haciéndoles las necesarias indicaciones para la manipulación de los útiles. 9.° Asistirá las clases de Física, Química y Mineralogía para ayudar á los Catedráticos en las manipulaciones que fueren necesarias : y 10. Dar cuenta al Consejo Directivo y al Rector siempre que ocurra el caso de que un alumno se apropie alguno de los objetos que forman los laboratorios y gabinetes, para que, una vez comprobado el hecho, se aplique la pena de expulsión. capítulo viii Del Portero .
Decreto 804 de 1911 →Vigente
Artículo 29
Son Deberes De Este Empleado : 1
Decreto 804 de 1911 · Sobre Estatutos de la Escuela Nacional de Minas de Medellín
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.