Ley 1 de 1989 · por la cual se conceden facultades extraordinarias al Presidente de la República para reformar la organización administrativa y la estructura del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Para dar desarrollo a las facultades extraordinarias que se conceden por esta Ley créase una Comisión mixta compuesta por:
Dos (2) Senadores y tres (3) Representantes, designados por las Mesas Directivas de las respectivas Comisiones Primeras Constitucionales.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.