Micelio

Artículo 2

º

Decreto 4669 de 2005 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 962 de 2005.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Procedimiento para establecer y modificar los trámites. De conformidad con lo establecido por el numeral 2 del artículo 1 º de la Ley 962 de 2005, las entidades públicas autorizadas legalmente para establecer un trámite, previa su adopción, deberán presentar la solicitud a consideración del Departamento Administrativo de la Función Pública, adjuntando la Manifestación del Impacto Regulatorio, que consiste en

a)

Describir el trámite y justificar su creación desde el punto de vista legal;

b)

Efectuar una propuesta de diseño del proceso del trámite;

c)

Señalar los beneficios para la entidad y para los usuarios;

d)

Precisar la carencia de medidas alternativas de menor costo y mayor eficiencia y el impacto presupuestal en la entidad;

e)

Acreditar los costos de su implementación para los obligados a cumplirlo y los recursos presupuestales y administrativos necesarios para su aplicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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