Subdirección General.- Son funciones del Subdirector General, las siguientes:
1. Coordinar bajo la dirección del Director del Departamento las funciones de las Divisiones y de las Direcciones, con el objeto de mantener en el desarrollo de su actividad, unidad de propósito y coherencia en las decisiones;
2. Velar por el cumplimiento de los planes y programas trazados por el Departamento;
3. Dirigir, bajo la orientación del Director, la elaboración de los informes que sobre el desarrollo de los planes y programas del ramo deban presentarse al Departamento Nacional de Planeación; el informe anual al Congreso y la de aquellos que sobre las actividades del departamento hayan de ser enviados al Presidente de la República;
4. Refrendar con su firma los actos del Director del Departamento cuando fuere el caso;
5. Cumplir las funciones que el Director del Departamento le delegue;
6. Llevar la representación del Director del Departamento, cuando éste lo determine, en actos o asuntos de carácter técnico o administrativo;
7. Elaborar o revisar los proyectos de decreto, resoluciones y demás documentos que deban someterse a la aprobación del Director del Departamento;
8. Velar por el cumplimiento de las normas legales y orgánicas del Departamento y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la entidad;
9. Dirigir y coordinar el diseño y adopción de programas relacionados con el desarrollo integral del personal al servicio del Departamento;
10. Planear, coordinar y controlar a través de sus dependencias, la organización administrativa, financiera, de recursos humanos y físicos del Departamento y la correcta prestación de los servicios administrativos;
11. Asesorar al Director del Departamento en la formulación y adopción de políticas sobre bienestar social laboral y capacitación de los recursos humanos del Estado;
12. Asesorar a las entidades en la implantación de las políticas de bienestar social laboral y de capacitación;
13. Orientar en coordinación con la ESAP los planes y programas de formación de los recursos humanos del Estado;
14. Presentar los informes que le sean solicitados sobre el desarrollo de sus funciones;
15. Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.