Micelio

Artículo 2

° El Liquidador Del Fondo De Inmuebles Nacionales Es El Representante Legal Del Mismo Y, En Consecuencia, A Él Corresponde La Celebración De Todos Los Actos Tendientes A Su Liquidación

Decreto 1166 de 1993 · por el cual se reglamentan los artículos 129 a 135 del Decreto-ley 2171 de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Liquidador del Fondo de Inmuebles Nacionales es el representante legal del mismo y, en consecuencia, a él corresponde la celebración de todos los actos tendientes a su liquidación. Para tal efecto gozará de plena autonomía en el ejercicio de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1166 de 1993