Micelio

Artículo 4

Decreto 2288 de 1989 · por el cual se dictan disposiciones relacionadas con la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 4º . Nombramiento y distribución del personal. Los funcionarios y empleados mencionados en el artículo anterior, serán nombrados así:A Por la Sala Plena. No Denominación Grado 1 Secretario General 22 3 Relatores 20 1 Bibliotecólogo 12 B Por la Sala de Gobierno. No Denominación Grado 1 Oficial Mayor 12 1 Jefe de Archivo y Correspondencia 12 1 Archivero 09 7 Auxiliares Judiciales 09 4 Auxiliares Judiciales 08 3 Escribientes 07 1 Chofer 06 1 Citador 01 Planta Administrativa de la Corporación. No Denominación Grado 1 Administrador 11 1 Almacenista 09 1 Mensajero 04

Parágrafo

La Secretaría General quedará conformada así: un (1) Secretario General, grado 22; un (1) Oficial Mayor, grado 12; un (1) Jefe de Archivo y Correspondencia, grado 12; un (1) Archivero, grado 09, un (1) Auxiliar Judicial, grado 09; tres (3) Escribientes, grado 07: un (1) Chofer, grado 06, y un (1) Citador, grado 04.La Oficina de Información quedará conformada así: cinco (5) relatores, grado 20; un (1) bibliotecólogo, grado 12, y seis (6) auxiliares judiciales, grado 09.Todos los empleados a que se refieren las letras A y B estarán bajo la dependencia del Presidente de la Corporación.C. Por la Sección Primera. No Denominación Grado 1 Abogado Asistente 21 1 Secretario 20 1 Oficial Mayor 12 1 Auxiliar Judicial 09 2 Escribientes 07 1 Citador 04 1 Auxiliar de Servicios Generales 04

Parágrafo

Los abogados auxiliares, grado 21 y los auxiliares judiciales, grado 11, asignados a los despachos y los choferes, serán de libre nombramiento y remoción de cada uno de los Consejeros.D. Por la Sección Segunda. No Denominación Grado 2 Abogados Asistentes 21 1 Secretario 20 4 Oficiales Mayores 12 2 Auxiliares Judiciales 09 6 Escribientes 07 2 Citadores 04 1 Auxiliar de Servicios Generales 04

Parágrafo

Los abogados auxiliares, grado 21; los auxiliares judiciales, grado 11 los sustanciadores judiciales, grado 17 y los escribientes, grado 07, asignados a los despachos y los choferes, serán de libre nombramiento y remoción de cada uno de los Consejeros.E. Por la Sección Tercera. No Denominación Grado 1 Abogado Asistente 21 1 Secretario 20 1 Oficial Mayor 12 1 Auxiliar Judicial 09 3 Escribientes 07 1 Citador 04 1 Auxiliar de Servicios Generales 04

Parágrafo

Los abogados auxiliares, grado 21; los auxiliares judiciales, grado 11 y los escribientes, grado 07, asignados a los despachos y los choferes, serán de libre nombramiento y remoción de cada uno de los consejeros.F. Por la Sección Cuarta. No Denominación Grado 1 Abogado Asistente 21 1 Secretario 20 1 Oficial Mayor 12 1 Auxiliar Judicial 09 2 Escribientes 07 1 Citador 04 1 Auxiliar de Servicios Generales 04

Parágrafo

Los abogados auxiliares, grado 21; los auxiliares judiciales, grado 11; los sustanciadores judiciales, grado 17 y los escribientes, grado 07, asignados a los despachos y los choferes, serán de libre nombramiento y remoción de cada uno de los consejeros.G Por la Sección Quinta. No Denominación Grado 1 Abogado Asistente 21 1 Secretario 20 1 Oficial Mayor 12 1 Auxiliar Judicial 09 1 Escribiente 07 1 Citador 04 1 Auxiliar de Servicios Generales 04

Parágrafo

Los abogados auxiliares, grado 21; los auxiliares judiciales, grado 11, asignados a los despachos y los choferes, serán de libre nombramiento y remoción de cada uno de los consejeros. H. Por la Sección Sexta. N° Denominación Grado 1 Abogado Asistente 21 1 Secretario 20 1 Oficial Mayor 12 1 Auxiliar Judicial 09 1 Escribiente 07 1 Citador 04 1 Auxiliar de Servicios Generales 04

Parágrafo

Los abogados auxiliares, grado 21; los auxiliares judiciales, grado 11, asignados a los despachos y los choferes, serán de libre nombramiento y remoción de cada uno de los Consejeros. I. Por la Sala de Consulta y Servicio Civil. N° Denominación Grado 2 Abogados Asistentes 21 1 Secretario 20 1 Oficial Mayor 12 1 Auxiliar Judicial 09 1 Auxiliar de Servicios Generales 04

Parágrafo

Los abogados auxiliares, grado 21; los auxiliares judiciales, grado 11 y los choferes, serán de libre nombramiento y remoción de cada uno de los consejeros. J. Por la Presidencia del Consejo de Estado. N° Denominación Grado 1 Abogado Asistente 21 1 Secretario 20 1 Auxiliar Judicial 11 1 Citador 04 CAPITULO II. DEL CONSEJO DE ESTADO Y DE LOS TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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