Micelio

Artículo 2

El Juzgado Superior De Policía Radicado En La Capital De La República, Tendrá El Siguiente Personal Y Asignaciones: Un Juez $ 500

Decreto 82 de 1949 · Por el cual se fijan el personal y asignaciones del Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional, Juzgados de Policía y Permanentes

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Juzgado Superior de Policía radicado en la capital de la República, tendrá el siguiente personal y asignaciones: Un Juez $ 500.00 Un Secretario 300.00 Un Oficial Mayor 250.00 Un Oficial Auxiliar 230.00 Un Escribiente 190.00 Artículo 3º Los tres (3) Juzgados de Policía de Primera Instancia en Bogotá, tendrán el siguiente personal y asignaciones: 3 Jueces a $ 450.00 mensuales cada uno. 3 Secretarios a $ 280.00 mensuales cada uno. 6 Escribientes a $ 220.00 mensuales caña uno. Artículo 4º Los Juzgados Permanentes tendrán el siguiente personal y asignaciones: 12 Jueces a $ 400.00 mensuales cada uno. 12 Secretarios a $ 250.00 mensuales cada uno. 21 Escribientes a 220.00 mensuales cada uno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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