El incumplimiento a las normas del presente Decreto será sancionado con multas desde cincuenta pesos ($ 50.00) hasta dos mil pesos ($ 2.000.00) moneda legal, según los casos, sin perjuicio de las sanciones judiciales pertinentes para el cobro de los salarios mínimos que por el presente Decreto se establecen, sanciones que se impondrán por los Jefes de Departamento, Inspectores, Visitadores y Jefes de Sección del Ministerio del Trabajo, con sujeción al procedimiento establecido por el artículo 12 del Decreto número 617 de 1954.
Decreto 2214 de 1956 →Vigente
Artículo 10
Decreto 2214 de 1956 · Por el cual se fija el salario mínimo en los Departamentos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.