°. El avalúo judicial a que se refiere el artículo anterior deberá practicarse por funcionarios de la División de Arancel de la Dirección General de Aduanas o de las Secciones de Aforo de la misma.
Decreto 2395 de 1968 →Vigente
Artículo 4
El Avalúo Judicial A Que Se Refiere El Artículo Anterior Deberá Practicarse Por Funcionarios De La División De Arancel De La Dirección General De Aduanas O De Las Secciones De Aforo De La Misma
Decreto 2395 de 1968 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre represión del contrabando
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.