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Artículo 21

Decreto 2343 de 1996 · por el cual se reglamentan las actividades y servicios de telecomunicaciones que utilicen sistemas de acceso troncalizado (Trunking), se atribuyen las bandas de frecuencia de operación y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los documentos exigidos. Las solicitudes para el establecimiento y/o ampliación de redes de telecomunicaciones que utilicen sistemas de acceso troncalizado para la prestación de servicios de telecomunicaciones, deberán contener los siguientes documentos

1.

Los que acrediten datos del solicitante, avalados con su firma. Cuando se constituya apoderado, se deberá anexar poder debidamente otorgado.

2.

Condiciones financieras y económicas del proyecto.

3.

Descripción de las características técnicas esenciales de la red y presentación del proyecto técnico donde se incluya

a)

Especificaciones del sistema de acceso troncalizado, que incluya las características técnicas de los equipos, antenas, y combinadores;

b)

Cálculo de la potencia radiada aparente (p.r.a.), teniendo en cuenta la potencia nominal del equipo, la ganancia y patrón de radiación;

c)

Cálculo de propagación para la cobertura del área(s) de servicio, teniendo en cuenta la altura efectiva de las antenas;

d)

Plan de canalización y justificación del número de frecuencias requeridas;

e)

Diagrama topológico de la red y plano del área(s) de servicio indicando la ubicación de las estaciones base o repetidoras de cubrimiento, con sus coordenadas geográficas;

f)

Cronograma de ejecución del proyecto, instalación de estaciones e inicio de operación del sistema para cada área de servicio. En las solicitudes para la ampliación o modificación de las características técnicas esenciales de la red, así como para la prórroga de la concesión, se deberán presentar los documentos y estudios técnicos correspondientes a aquellos ítems, que le sean aplicables.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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