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Artículo 1

Asignaciones Básicas

Decreto 201 de 2014 · por el cual se fijan las escalas de asignaciones básicas de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Asignaciones Básicas . A partir del 1° de enero de 2014, fijase las siguientes escalas de asignaciones básicas mensuales para los empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil: Grado Directivo Asesor Profesional Técnico Asistencial 1 3.816.671 3.424.830 2.872.474 1.842.608 1.078.520 2 4.177.518 3.745.502 3.190.623 1.971.819 1.118.369 3 4.580.781 4.373.267 3.416.252 2.044.062 1.232.608 4 5.238.879 4.615.650 3.616.943 2.151.697 1.321.774 5 5.967.411 3.879.215 2.351.846 1.415.328 6 6.380.024 4.103.703 2.476.836 1.520.271 7 7.360.061 4.332.777 2.659.409 1.612.127 8 8.515.591 4.709.426 1.978.808 9 2.206.844

Parágrafo 1

En las escalas de asignaciones básicas de que trata el presente artículo, la primera columna señala los Grados que corresponden a las distintas denominaciones de empleos, la segunda y siguientes determinan las asignaciones básicas mensuales para cada Grado y nivel.

Parágrafo 2

Las asignaciones básicas mensuales de las escalas señaladas en el presente artículo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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