Micelio

Artículo 438

Ley 94 de 1938 · Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el auto de sobreseimiento temporal, se reabrirá la investigación, y se pasará el proceso o la copia de él, según el caso, a un funcionario de instrucción, si el mismo juez no quisiere continuarla.

El sobreseimiento definitivo, una vez ejecutoriado, pone fin al proceso.

Del juicio.

Disposiciones generales .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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