Micelio

Artículo 23

Ley 15 de 1973 · Por la cual se crea el Fondo Nacional de Inversiones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A los Directores y al Gerente del Fondo Nacional de Inversiones se aplica el mismo régimen de incompatibilidades o inhabilidades previsto en el Código de Comercio, y en las normas especiales sobre entidades de crédito, en cuanto sea compatible con lo dispuesto en las normas administrativas relacionadas con las entidades adscritas a los Ministerios, para efectos de coordinación de políticas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 15 de 1973