Micelio

Artículo 19

Decreto 1051 de 1995 · por el cual se reglamenta el trámite para la contratación de áreas exclusivas para la prestación del servicio público de distribución de gas combustible por red.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Duración del contrato. El término del contrato de áreas exclusivas para prestar el servicio público domiciliario de distribución de gas combustible será el que se determine en cada caso particular en los términos de referencia. En el contrato se pactará el término indispensable para la construcción del gasoducto o la instalación de redes o tuberías, mediante las cuales se prestará el servicio. El Ministerio de Minas y Energía, vencido el término de construcción y previa información del contratista, mediante resolución, señalará la fecha de entrada en operación del servicio. A partir de esta fecha comenzará a contarse el término de exclusividad de área para la prestación del servicio. La posibilidad de prórroga en el contrato deberá preverse en él, a opción de la Nación y por el término que ésta determine.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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