Constitución de patrimonio autónomo. Se deberán constituir patrimonios autónomos integrados en las condiciones previstas en el artículo anterior, para la constitución del fideicomiso en garantía cuando el monto de las obligaciones por concepto de bonos y cuotas partes exceda el porcentaje del valor de los activos que establezca la Superintendencia Bancaria.
Decreto 1299 de 1994 →Vigente
Artículo 20
Constitución De Patrimonio Autónomo
Decreto 1299 de 1994 · por el cual se dictan las normas para la emisión, redención y demás condiciones de los bonos pensionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.