Vigencia y derogatorias . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los artículos 72, literal 1), 73, 93 y 94 del Decreto 677 de 1995, así como el
del artículo 2 del Decreto 2510 de 2003.
Artículo 2 DECRETO 2510 de 2003