º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo primero del Decreto número 3660 de 1985. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Decreto 807 de 1986 →Vigente
Artículo 2
Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica El Artículo Primero Del Decreto Número 3660 De 1985
Decreto 807 de 1986 · por medio del cual se modifica el artículo primero del Decreto número 3660 de 11 de diciembre de 1985.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.