Micelio

Artículo 71

Ley 23 de 1981 · Por la cual se dictan normas en materia de ética médica

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los miembros de los Tribunales Etico-Profesionales Nacional y Seccionales deberán pertenecer, si fuere posible, a diferentes especialidades médicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 23 de 1981