Micelio

Artículo 19

Decreto 3381 de 1981 · Por el cual se regulan las actividades de los Fondos de Empleados como personas jurídicas que manejan ahorro privado

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Serán derechos fundamentales de los asociados

a)

Utilizar los servicios del Fondo y realizar con él las operaciones contempladas en los estatutos;

b)

Participar en las actividades del Fondo y en su administración mediante el desempeño de cargos sociales;

c)

Ser informados de la gestión del Fondo, de acuerdo con las prescripciones estatutarias;

d)

Ejercer actos de decisión y elección en las Asambleas Generales en forma que a cada asociado corresponda un voto;

e)

Fiscalizar la gestión del Fondo por medio de los órganos estatutarios de control, o examinar los libros, balances; archivos y demás documentos pertinentes en la oportunidad y con los requisitos que prevean los estatutos o los reglamentos, y

f)

Retirarse voluntariamente del Fondo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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