Artículo veintitrés . COMPOSICIÓN. El patrimonio de la Zona Franca estará constituido por los siguientes recursos
Los derechos de propiedad o de usufructo sobre los terrenos que la Nación o las entidades públicas le cedan o entreguen:
El producto de los derechos, tasas y contribuciones que perciba como contraprestación por sus servicios;
Los bienes muebles o inmuebles que adquiera a cualquier título y los frutos y rendimientos de los mismos;
Las partidas, aportes y asignaciones que perciba el Presupuesto Nacional o de entidades públicas o privadas;
Los demás bienes o derechos que adquiera conforme a la ley.