Acta del concurso. Resueltas las reclamaciones contra la última prueba o vencido el plazo para presentarlas, la Oficina de Selección y Carrera elaborará y firmará un acta de cada concurso, en la cual conste: 1) Número, fecha de convocatoria y empleo por proveer. 2) Nombres de las personas inscritas y admitidas y número del correspondiente documento de identificación. 3) Calificaciones obtenidas en la prueba eliminatoria y relación de las personas que no se presentaron. 4) Puntajes obtenidos en las pruebas de la etapa clasificatoria.
La información que sobre los aspirantes se deba publicar en desarrollo de un concurso de méritos, deberá hacerse identificándolos con la cédula de ciudadanía y no con el nombre.