Facúltase a la Cooperativa Bananera del Magdalena, Limitada, para que haga a los productores de bananos del Departamento del Magdalena préstamos de amortización gradual, con plazo hasta de veinte (20) años, intereses ni mayores del ocho por ciento (8 por 100) anual y amortizaciones mensuales, garantizados con hipotecas, siempre que las fincas dadas en garantía representen un valor por lo menos doble de la deuda.
Ley 1 de 1937 →Vigente
Artículo 1
Ley 1 de 1937 · Por la cual se reforma la Ley 23 de 1931 y se dictan disposiciones relacionadas con la industria bananera del Departamento del Magdalena y la Sierra Nevada de Santa Marta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.