Se tendrán en cuenta por el juez que practique la inspección, y se harán constar en el acta respectiva, en orden a la apreciación de la seriedad del contrato, las circunstancias que alejen la posibilidad de fraude a las disposiciones de esta Ley, como el número, la condición social de los arrendatarios, apareros, etc., el hecho de que ellos carezcan o no de tierras propias, la menor extensión de las parcelas, la adecuación de los cultivos y trabajos, y, en general, todos los demás hechos que tiendan a demostrar que los trabajos previstos en el contrato cumplen las finalidades económicas del artículo 1°.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.