Micelio

Artículo 2

Decreto 10 de 1955 · por el cual se adiciona el decreto número 1048 de 1950.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Los productores de vinos nacionales están en la obligación de hacer sellar por las autoridades de Higiene muestras de los vinos para someterlas a análisis en el Instituto Nacional de Higiene, los cuales se efectuarán por lo menos una vez al año, a costa del Interesado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 10 de 1955