Micelio

Artículo 32

Decreto 358 de 2000 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 397 de 1997 y se dictan normas sobre cinematografía nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cobertura de la clasificación . Ninguna película cinematográfica puede presentarse en sala de exhibición o sitio abierto al público sin la clasificación previa del Comité de Clasificación de Películas. Esta última rige con independencia del medio de proyección o soporte final utilizados, siempre que se lleve a cabo la proyección en los espacios señalados por el artículo 151 del Decreto-ley 1355 de 1970.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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