Micelio

Artículo 1

Ley 58 de 1966 · Por la cual se otorgan unas autorizaciones en favor de las Sociedades de Mejoras Públicas a que se refiere la Ley 58 de 1945, y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase a la Nación, los Departamentos y los Municipios, para entregar a las Sociedades de Mejoras Públicas a que se refiere la Ley 58 de 1945 , los teatros, coliseos cubiertos, escuelas de bellas artes, conchas acústicas, orquestas filarmónicas, y en general los organismos o edificios creados para el incremento de la cultura y el civismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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