Definiciones generales. Para efectos de lo establecido en este título, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones
Certificado de registro : Documento que expide gratuitamente el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) sobre la condición o no de deudor alimentario moroso de una persona, como consecuencia de su inclusión o cancelación en el registro.
Fuente de la información : Son fuente de la información contenida en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, las siguientes autoridades: I. El Juez que conoce o conoció del proceso de alimentos; II. El Funcionario que conoce o conoció del proceso de alimentos; III. Los Comisarios de Familia; IV. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a través de los Defensores de Familia.
Operador de información : Es la entidad encargada de diseñar, desarrollar, implementar, administrar, operar y actualizar el banco de datos denominado Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), creado mediante la Ley 2097 de 2021.
Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM): Banco de datos electrónico de carácter público y gratuito, creado a partir de la Ley 2097 de 2021, que contiene y administra la información y datos personales del deudor alimentario moroso susceptible de registro
Titular de la información: Es la persona natural cuyos datos personales son objeto de tratamiento en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), y sujeto del derecho de habeas data.
Usuarios de la información: Exclusivamente las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que estén vinculadas a la aplicación de las consecuencias de la inscripción en el REDAM descritas en el artículo 6° de la Ley 2097 de 2021, y que tienen interés legítimo para acceder a información contenida en la inscripción en el REDAM.