Micelio

Artículo 13

División Para El Desarrollo Del Voluntariado

Decreto 1131 de 2004 · por el cual se modifica la Estructura de la Defensa Civil Colombiana y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División para el Desarrollo del Voluntariado . Son funciones de la División para el Desarrollo del Voluntariado, las siguientes

1.

Coordinar con las Direcciones Seccionales las actividades relacionadas con la selección, incorporación y dotación de los voluntarios, de acuerdo con las políticas, normas y reglamentos que emita la Dirección General.

2.

Dirigir y coordinar la planeación y ejecución de programas para motivación, bienestar y desarrollo del Voluntariado.

3.

Dirigir y controlar el registro y estadística de las organizaciones de Defensa Civil.

4.

Propiciar convenios con organismos oficiales y privados para conseguir recursos en beneficio del funcionamiento de los entes operativos.

5.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1131 de 2004