Micelio

Artículo 1

Ley 46 de 1964 · por la cual la Nación se vincula a una campaña de salubridad rural y adiestramiento de personal en los Departamentos del Valle del Cauca y del Tolima.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación prestará su cooperación económica a las campañas que sobre salubridad rural adelantan los Departamentos del Valle del Cauca y Tolima, campañas que esencialmente consisten en el saneamiento ambiental mediante abastecimiento de agua potable y eliminación de las excretas en zonas rurales.

Parágrafo 1

Para estas campañas la Nación aportará la cantidad de dos millones ciento cincuenta mil pesos ($ 2'150.000.) para el Departamento del Valle del Cauca, y la suma de un millón quinientos mil pesos ($1'500.000.) para el Departamento del Tolima, partidas que serán incluídas en los Presupuestos Nacionales para las vigencias fiscales de 1964 y 1965, quedando el Gobierno ampliamente facultado para hacer los traslados y adiciones presupuestales que sean indispensables, en caso de que el Congreso no haga las correspondientes apropiaciones.

Parágrafo 2

De cada una de las sumas antes mencionadas, se destinarán ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.) a las campañas de adiestramiento de personal científico, de acuerdo con los programas elaborados por las Secretarías de Salud Pública Departamentales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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