El Instituto Colombiano de Antropología celebrará contratos con las instituciones similares que funcionan en las diversas regiones del país, especialmente las dependientes de las Universidades seccionales oficiales, y destinará a estos fines una suma anual no inferior al veinte por ciento (20 %) de las sumas de dinero asignadas por la presente Ley.
Ley 23 de 1968 →Vigente
Artículo 5
Ley 23 de 1968 · Por la cual se incrementa la partida presupuestal para el Instituto Colombiano de Antropología, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.