°. Adición de dos
s al artículo 2.8.1.3.1 del Decreto número 1068 de 2015. Adiciónense al artículo 2.8.1.3.1 del Decreto número 1068 de 2015 los siguientes
s:
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), creada en el Acto Legislativo 01 de 2017 será una Sección Presupuestal en los términos del Decreto número 111 de 1996.
De conformidad con las facultades que se consagran el artículo 110 del Decreto número 111 de 1996, el Secretario Ejecutivo como representante legal y judicial de la JEP, se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos de la Jurisdicción Especial para la Paz. Para el efecto, tendrá la capacidad de suscribir convenios, contratar, comprometer los recursos y ordenar el gasto a nombre de la JEP en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección.
y
Artículo 2.8.1.3.1. DECRETO 1068 de 2015