Garantía de los derechos económicos, sociales y culturales de las mujeres buscadoras consagrados en la Ley 2364 de 2024 . Las entidades del Gobierno nacional, en el marco de sus competencias, deberán focalizar su oferta institucional para garantizar el acceso efectivo de las mujeres buscadoras a los derechos económicos, sociales y culturales reconocidos en la ley.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) coordinará la construcción de un Plan Interinstitucional de Acceso a Empleo Formal, formación técnica y profesional para mujeres buscadoras, así como líneas de crédito y fondos no reembolsables para emprendimientos liderados por ellas o sus organizaciones.
En el marco del Plan Interinstitucional de Acceso a Empleo Formal se deberán establecer las pautas de seguimiento a las condiciones de empleabilidad de las mujeres buscadoras desde los enfoques diferenciales. Lo anterior, facilitando la coordinación entre la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas como administradora del Registro Único de Mujeres Buscadoras y el Servicio Nacional de Aprendizaje, a través del observatorio laboral y ocupacional con el objetivo de monitorear y evaluar las medidas y políticas adoptadas para esta materia.
El Servicio Único de Empleo (APE) en el marco de sus competencias, adelantará procesos de intermediación laboral y brindará orientación ocupacional a las mujeres buscadoras, que incluya la elaboración y fortalecimiento de hojas de vida, recomendaciones para entrevistas laborales, el uso de redes efectivas para la búsqueda de empleo, alfabetización digital y el desarrollo de habilidades blandas. Asimismo, promoverá con el sector empresarial la importancia de la empleabilidad de esta población, con el fin de facilitar su inserción laboral y el fortalecimiento de sus proyectos de vida.