Con sujeción a las apropiaciones de este presupuesto los fondos para manejo de cuentas, deberán presentar el presupuesto de gastos, debidamente discriminado por su objeto y proyectos específicos. La presentación debe hacerse a través de la División Delegada de Presupuesto ante el Ministerio, o Departamento Administrativo respectivo, antes del 31 de enero de 1986.
Sin el lleno de este requisito, la Dirección General del Presupuesto se abstendrá de conceder los acuerdos mensuales de gastos para el giro de las respectivas apropiaciones presupuestales.