º. Funciones de la Oficina Técnica. La Oficina Técnica cumplirá las siguientes funciones
Apoyar al Comité de Expertos en la Preparación de los Reglamentos Técnicos que se someterán a aprobación de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, y revisar los adoptados por la Comisión.
Revisar la aplicación de las fórmulas tarifarias aprobadas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas e informar al Comité de Expertos el resultado de dichas revisiones.
Participar en el desarrollo de modelos y programas que requiera la Comisión en el ejercicio de sus funciones regulatorias.
Por solicitud del Comité de Expertos Comisionados, emitir concepto técnico sobre las diferencias que surjan en la operación del Sistema Interconectado Nacional y que hayan sido sometidas a decisión de la Comisión de Regulación de Energía y Gas.
Asesorar a la Oficina de Regulación y Políticas de Competencia en los asuntos confiados a su cargo.
Participar en el estudio de las conductas contrarias a la competencia de acuerdo con lo que determine la misma regulación, de manera conjunta con la Oficina de Regulación y Políticas de Competencia.
Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.